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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINEl Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la polémica ordenanza de terrazas propuesta por el Gobierno de PP y Cs, que ha contado únicamente con el apoyo del Grupo Mixto (Recupera Madrid), por lo que las estufas de gas de la hostelería desparecerán a finales de 2023 y podrán permanecer durante ese año determinadas terrazas que se han instalado en bandas de aparcamiento.
Tal y como estaba previsto, Vox, Más Madrid y PSOE (los ediles de este último partido han acudido al pleno con camisetas para protestar por los ruidos de las terrazas y han desplegado una pancarta con el mismo mensaje durante la votación) han votado en contra de la modificación de este texto que se aprobó inicialmente en Junta de Gobierno el pasado 28 de octubre de 2021.
Lo han hecho porque creen que “afecta al descanso” de los vecinos y “regala el espacio público de Madrid a cambio de nada”.
Cuando entre en vigor la norma, las terrazas de la ciudad que se hayan visto ampliadas por la pandemia volverán a su fisionomía original, y aquellas que estén en bandas de estacionamiento, podrán mantenerse durante 2022 y 2023, quedando limitado su funcionamiento hasta las 24:00 horas y debiendo delimitar visiblemente su extensión mediante barreras o con reflectores de alta intensidad.
Pero tendrán que ser retiradas las terrazas ubicadas en bandas de estacionamiento situadas en las conocidas como zonas saturadas -que se habrá delimitado finalmente en torno a marzo -, en zonas de protección acústica especial (ZPAE) y en zonas ambientalmente protegidas cuando ocupen más de un 40 % de las bandas existentes en el tramo de calle.
En este último supuesto, las autorizaciones serán revistadas y reducidas proporcionalmente a propuesta del distrito hasta el nivel previsto con el fin de que no superen el 40 % de ocupación de las bandas de aparcamiento.
Por otro lado, en la ordenanza se fijan tres criterios para determinar las ‘zonas saturadas’, siendo el primero que se produzca una alta ocupación del espacio para instalar la terraza y, además, deberá ir acompañado de alguno de los otros dos requisitos.
Esas cuestiones son la existencia de un elevado tránsito peatonal (aquellas aceras por las que caminen más de 33 personas por minuto), y las afecciones medioambientales, considerándose ‘zonas saturadas’ aquellas que tengan terrazas en un radio de 150 metros en torno a residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias.
Asimismo, se tendrá en cuenta la clasificación de áreas acústicas previstas en el anexo I de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica: áreas de silencio y áreas levemente ruidosas.
Se estimará, que existe alta ocupación cuando en aceras con un ancho inferior o igual a seis metros, el espacio ocupado por terrazas supere el 33 % de la superficie disponible para su instalación y cuando el ancho de las aceras exceda los seis metros, así como en plazas y calles peatonales o calles sin salida, las terrazas superen el 40 % de la superficie disponible para este fin.
Además, tras las enmiendas, se acordó, por ejemplo, eliminar las ‘food trucks’ de la ordenanza -lo habían pedido todos los grupos-, y, a petición de Recupera Madrid a finales de 2023 se pondrá fin a las estufas de gas, que tendrán que sustituirse por calentadores que funcionen con otras energías.
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